Declaración de Renta Personas Naturales
¿Cómo persona natural, Debo presentar la declaración de renta del 2019?
Esa es la pregunta que cada año se hacen las personas naturales y surgen muchas incógnitas donde muchas veces son mal orientados, aquí les voy a dar el detalle de los requisitos para declarar renta el próximo año, si cumples uno de estos, prepárate a declarar, pero no te asustes el hecho que debas declarar renta no significa que debas pagar.
Personas naturales con ingresos superiores a $3.868.166 mensuales, al año equivale a ingresos superiores de $46.418.000.
Que tu patrimonio bruto sea de más de $149.202.000
Que tus ingresos brutos anuales sean superiores a $46.418.000
Si las compras y consumos fueron mayores a $46.418.000
Si los consumos mediante tarjeta de crédito exceden los $46.418.000
Si el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, exceden los $46.418.000
¿En qué fechas debo presentar y pagar la declaración del impuesto sobre la renta para personas naturales?
A continuación explicaremos los plazos para presentar la declaración sobre la renta para personas naturales, personas jurídicas y grandes contribuyentes, así como el plazo para presentar el Impuesto sobre la Renta para la Equidad- CREE.
Plazo impuesto sobre la Renta
Los plazos para que las personas naturales cumplan con la obligación de declarar o pagar empezarán el 06 de agosto de 2019 y terminará el 17 de octubre de 2019, según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria.
ÚLTIMOS DÍGITOS NIT | HASTA EL DÍA |
99 y 00 | 6 de agosto de 2019 |
97 y 98 | 8 de agosto de 2019 |
95 y 96 | 9 de agosto de 2019 |
93 y 94 | 12 de agosto de 2019 |
91 y 92 | 13 de agosto de 2019 |
89 y 90 | 14 de agosto de 2019 |
87 y 88 | 15 de agosto de 2019 |
85 y 86 | 16 de agosto de 2019 |
83 y 84 | 20 de agosto de 2019 |
81 y 82 | 21 de agosto de 2019 |
79 y 80 | 22 de agosto de 2019 |
77 y 78 | 23 de agosto de 2019 |
75 y 76 | 26 de agosto de 2019 |
73 y 74 | 27 de agosto de 2019 |
71 y 72 | 28 de agosto de 2019 |
69 y 70 | 29 de agosto de 2019 |
67 y 68 | 30 de agosto de 2019 |
65 y 66 | 2 de septiembre de 2019 |
63 y 64 | 3 de septiembre de 2019 |
61 y 62 | 4 de septiembre de 2019 |
59 y 60 | 5 de septiembre de 2019 |
57 y 58 | 6 de septiembre de 2019 |
55 y 56 | 9 de septiembre de 2019 |
53 y 54 | 10 de septiembre de 2019 |
51 y 52 | 11 de septiembre de 2019 |
49 y 50 | 12 de septiembre de 2019 |
47 y 48 | 13 de septiembre de 2019 |
45 y 46 | 16 de septiembre de 2019 |
43 y 44 | 17 de septiembre de 2019 |
41 y 42 | 18 de septiembre de 2019 |
39 y 40 | 19 de septiembre de 2019 |
37 y 38 | 20 de septiembre de 2019 |
35 y 36 | 23 de septiembre de 2019 |
33 y 34 | 24 de septiembre de 2019 |
31 y 32 | 25 de septiembre de 2019 |
29 y 30 | 26 de septiembre de 2019 |
27 y 28 | 27 de septiembre de 2019 |
25 y 26 | 30 de septiembre de 2019 |
23 y 24 | 1 de octubre de 2019 |
21 y 22 | 2 de octubre de 2019 |
19 y 20 | 3 de octubre de 2019 |
17 y 18 | 4 de octubre de 2019 |
15 y 16 | 7 de octubre de 2019 |
13 y 14 | 8 de octubre de 2019 |
11 y 12 | 9 de octubre de 2019 |
09 y 10 | 10 de octubre de 2019 |
07 y 08 | 11 de octubre de 2019 |
05 y 06 | 15 de octubre de 2019 |
03 y 04 | 16 de octubre de 219 |
01 y 02 | 17 de octubre de 2019 |
Para los grandes contribuyentes, el plazo es el siguiente:
- El plazo para pagar el valor de la primera cuota: entre el 8 y 21 de febrero de 2019
- El plazo para pagar el valor de la segunda cuota: entre el 9 y el 25 de abril de 2019
- El plazo para pagar el valor de la tercera cuota: 11 y 25 de junio de 2019
Para el caso de las personas jurídicas y demás contribuyentes, el plazo es el siguiente:
- Declaración y primera cuota: entre el 9 de abril de 2019 y el 10 de mayo de 2019 (teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT)
- Segunda cuota: entre el 11 de junio de 2019 y el 25 de junio de 2019 (teniendo en cuenta el último dígito del NIT).
¿Pasos a seguir para presentar la declaración de renta 2019?
Paso 1: ¿Soy sujeto de declaración de renta?
Una vez hayas revisado que cumples las condiciones para declarar renta y si eres persona residente y superas cualquiera de los topes de ingresos, patrimonio, consignaciones, compras o consumo o perteneces al régimen común del IVA tendrás que realizar la declaración de renta 2019.
Paso 2: Registrese o actualice el RUT
Solo debes actualizar el RUT en caso de que haya cambiado datos de ubicación y clasificación como: dirección, teléfonos, correo electrónico y actividad económica. También en el caso de que requiera adicional responsabilidades como la obligación de presentar declaración de renta y complementarios.
Es de recordar que debes solicitar primero la cita en la página de la Dian https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/ en este enlace puedes hacerlo directamente, no vayas a perder el tiempo si no ha solicitado su cita, la atención es con cita previa.
Paso 3: Identificar el tipo de ingreso por cédula
Existen 5 tipos de cédula para realizar la declaración de renta 2019: Rentas de Trabajo, Rentas de pensiones, Rentas de capital, Rentas no laborales y Otros.
Cédula | Tipo de ingresos |
Rentas de trabajo | Ingresos señalados en el artículo 103 del ET:
En general, las compensaciones por servicios personales. En ningún caso podrán incluirse ingresos por honorarios percibidos por personas naturales que contraten o vinculen 2 o más trabajadores por al menos 90 días. |
Rentas de pensiones |
|
Rentas de capital |
|
Rentas no laborables |
|
Otros |
|
Paso 4: Formularios renta naturales
Para saber que tipo de formulario utilizar para presentar la declaración de renta, existen estos dos.
- Formulario 210: Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas no Obligadas a llevar contabilidad.
- Formulario 110: Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para personas jurídicas (sean nacionales o extranjeras) y para personas naturales y/o sucesiones ilíquidas no residentes.
Paso 5: Declaro y si corresponde pago
La obligación de declarar es diferente a la obligación de pagar, por eso, independientemente de que su declaración arroje un saldo a pagar o no. Por eso es importante presentar la declaración de renta en los plazos estipulados, para no incurrir en sanción de extemporaneidad.
Para realizar la declaración de renta 2019, no es necesario desplazarse a por un formulario a los puntos de contacto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ya que es posible utilizar los servicios en línea de la DIAN.
- Opción 1 – Usuarios registrados: Si eres un usuario registrado de los servicios en línea de la DIAN puedes diligenciar tu formulario ya sea como usuario virtual o no, e incluso pagar en línea.
- Opción 2 – Nuevos usuarios: Si aún no estás registrado en los servicios en línea de la DIAN, puedes hacerlo habilitando tu cuenta. Esta opción te permite crear una cuenta para poder convertirse en usuario registrado.
- Opción 3 – Usuarios no registrados (Diligenciar Formularios): Puedes diligenciar tus formularios, sin necesidad de habilitar cuentas, sin claves, utilizando esta opción. Esta opción se diseñó para facilitar el procedimiento a quienes regularmente lo venían haciendo en los formularios litográficos.
- Opción 4 – Formulario en papel: Si no puedes hacer uso de las opciones anteriores, puedes adquirir el formulario litográfico (papel) sin costo alguno en los diferentes puntos de contacto del DIAN a nivel nacional.